Se demandó al Concejo Deliberante la convocatoria a una Audiencia Pública.
También se presentaron las primeras 2.500 firmas de la Campaña “Chaque Tu Bolsillo “.
En
el marco de las Movilizaciones de distintas organizaciones contra un
nuevo aumento del Boleto de Colectivos , dirigentes del Movimiento
Barrios Unidos , presentaron en la mañana de este Jueves , a
la Presidente del Concejo Deliberante , un pedido formal , para que se
convoque a una Audiencia Pública previa a tratarse el tema en el
recinto.
En
la misma oportunidad se entregaron las primeras 2.500 firmas de vecinos
de distintos barrios de la ciudad , recolectadas durante la
Campaña “ Chaque Tu Bolsillo “, que manifiestan un rechazo a cualquier
incremento de la tarifa del servicio de trasporte. La Campaña de junta
de firmas continua y se espera volver a presentar otro número importante
la semana siguiente.
El Planteo de la Audiencia Publica , con respaldo de un Fallo del Superior Tribunal.
El Movimiento Barrios Unidos solicito a la Presidente del Concejo Deliberante se
convoque a Una Audiencia Pública sobre el tema de un nuevo aumento de
la tarifa de transporte urbano de pasajeros, previo al tratamiento en el
recinto legislativo , según lo establece nuestra Constitución
Provincial en su artículo 48.
En
la nota presentada se resalta que el mismo Superior Tribunal de
Justicia , sentó Jurisprudencia en este tema ; en la Sentencia Nº
178 del 20 de septiembre de 2011 ,en el Expediente Nº 8925/10,
caratulado: “LEDESMA JORGE SALVADOR C/ DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGIA
DE CORRIENTES S/ AMPARO”.
La Constitución Provincial en su artículo 48 prevé
que: “[...] La legislación establece los marcos regulatorios de los
servicios públicos de competencia provincial, previendo el mecanismo de
audiencias públicas y la necesaria participación en los organismos de
control y en la confección o modificación de dicho régimen regulatorio,
de las asociaciones de consumidores y usuarios y de los municipios
interesados”.
Barrios Unidos Barrios Unidos basándose en el Fallo del Superior Tribunal plantea que la
falta de reglamentación del mecanismo constitucional de Audiencia
Pública no puede ser utilizado como pretexto por el Concejo Deliberante y
el Ejecutivo Municipal para avasallar los derechos de los Usuarios .
Esto no un impedimento para que los vecinos invoquemos la aplicación de
la Audiencia Pública, pues, las
garantías constitucionales existen y protegen a los individuos por el
solo hecho de estar en la Constitución e independientemente de sus leyes
reglamentarias, cuyas limitaciones no pueden ser un obstáculo para la
vigencia efectiva de dichas garantía….
“
Además
agrega que la audiencia pública es un mecanismo de debate sobre
diversos aspectos de la prestación de un servicio público y permite la
democratización de las decisiones, máxime cuando, como en el caso, se
trata de un significativo aumento del cuadro tarifario por la prestación
del servicio de transporte de pasajeros , quedando de tal modo a salvo
el derecho de defensa de los usuarios y consumidores, además de
transparentar los procedimientos administrativos.
Hola, esta bueno el blog, pero estaría mejor si apareciera la fecha de publicación en las entradas, para saber con certeza de cuando es la información.
ResponderEliminarSaludos